CONGRESO INTERNACIONAL DE BIOETICA
GIJON. ESPAÑA
20-24 de junio- 2000
Entre el 20 y 24 de junio del corriente año tuvo lugar en
Gijón ( España) el Congreso Internacional de Bioética, con la participación de
destacados jurístas e investigadores de renombre que abordaron los distintos aspectos de
esta temática, que pone a la ciencia jurídica y médica ante un nuevo desafío.
Destacamos especialmente la participación del Dr. Salvador Darío
Bergel de la Argentina, Director de la Cátedra UNESCO. Universidad
Nacional de Buenos Aires,quien disertó sobre "Patentamiento del material
genético humano: implicancias éticas".
Algunos de los otros temas tratados:
Al final del Congreso Mundial de
Bioética (Gijón, España, 20-24 Junio 2000), el Comité Científico de la Sociedad
Internacional de Bioética (SIBI), insiste en que la ciencia y la tecnología deben tomar
en consideración el interés general.
Considerando
- la Declaración Universal de los Derechos Humanos
proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948.
- la Declaración Universal de la UNESCO sobre el
Genoma Humano y los Derechos del Hombre del 11 de noviembre de 1997.
- la Convención de Asturias de los Derechos Humanos y
la Biomedicina del Consejo de Europa del 4 de abril de 1997.
Conscientes de los rápidos progresos de
la biología y la medicina, de la imperiosa necesidad de asegurar el respeto de los
derechos humanos y del peligro que las desviaciones de estos progresos podría significar
para los derechos humanos.
Afirmando que corresponde a la Bioética
aclarar la opinión sobre las consecuencias de todo tipo de los avances científicos y
técnicos,
el COMITÉ CIENTIFICO hace las siguientes
observaciones y recomendaciones:
1.Las biociencias y sus tecnologías
deben servir al bienestar de la Humanidad, al desarrollo sostenible de todos los países,
a la paz mundial y a la protección y conservación de la naturaleza.
Ello implica que los países desarrollados deben compartir los beneficios de las
biociencias y de sus tecnologías con los habitantes de las zonas menos favorecidas del
planeta y servir al bienestar de cada ser humano.
2.Una importante tarea de la Bioética,
que constituye una actividad pluridisciplinar, es armonizar el uso de las ciencias
biomédicas y sus tecnologías con los derechos humanos, en relación con los valores y
principios éticos proclamados en las Declaraciones y la Convención antes mencionadas, en
cuanto que constituyen un importante primer paso para la protección del ser humano.
3.La enseñanza de la Bioética debería
incorporarse al sistema educativo y ser objeto de textos comprensibles y rigurosos.
4.Todos los miembros de la sociedad han de recibir
unainformación general, adecuada y accesible sobre la utilización de los avances
científicos, las biotecnologías y sus productos.
5.Se debe propiciar y estimular el debate especializado y
público a fin de orientar las opiniones, las actitudes y las propuestas. El debate
implicará de manera interactiva a los expertos de las distintas disciplinas y a los
ciudadanos de diversos ámbitos, así como a los profesionales de los medios de
comunicación.
6.Debe garantizarse el ejercicio de la autonomía de la
persona, así como fomentarse los principios de justicia y solidaridad. Asimismo debe
respetarse la identidad y especifidad del ser humano.
7.Todos tienen derecho a la mejor asistencia médica
posible. El paciente y su médico deben establecer conjuntamente el marco del tratamiento.
El paciente deberá expresar su consentimiento libre después de haber sido informado de
forma adecuada.
8.El genoma humano es patrimonio de la Humanidad, y como
tal no es patentable.
9.Una finalidad fundamental de las técnicas de
reproducción asistida es el tratamiento médico de los efectos de la esterilidad humana y
facilitar la procreación si otras terapéuticas se han descartado por inadecuadas o
ineficaces. Estas técnicas podrán utilizarse también para el diagnóstico y tratamiento
de enfermedades de origen hereditario, así como en la investigación autorizada.
10.La creación de individuos humanos genéticamente
idénticos por clonación debe prohibirse.
La utilización de células troncales con fines terapéuticos debe permitirse siempre que
la obtención de esas células no implique la destrucción de embriones.
11.La investigación y experimentación en seres humanos
deben ser realizadas armonizando la libertad de la ciencia y el respeto de la dignidad
humana, previa aprobación por parte de comités éticos independientes. Los sujetos de
los ensayos deberán otorgar su consentimiento libre y plenamente informado.
12.Los productos alimenticios genéticamente
transformados deben comportar la prueba, de acuerdo con el conocimiento científico del
momento, de que no son perjudiciales para la salud humana y la naturaleza, y se
elaborarán y ofertarán en el mercado con los requisitos previos de información,
precaución, seguridad y calidad.
Las biotecnologías deben inspirarse en el principio de precaución.
13.Debe prohibirse el comercio de órganos humanos. Debe
continuarse la investigación sobre los xenotransplantes antes de que se inicien ensayos
clínicos con seres humanos.
14.El debate ético sobre el final de la vida debe
proseguir, con el fin de profundizar en el análisis de las diferentes concepciones
éticas y culturales en éste ámbito y de analizar las vías para su armonización.
15.A fin de promover un lenguaje universal para la
Bioética, deberá hacerse un esfuerzo por armonizar y unificar los conceptos que tienen
actualmente terminologías diferentes. El acuerdo en este ámbito se hace indispensable
desde el respeto a las identidades socioculturales.
En Gijón (España), 24 de Junio
de 2000
Las adhesiones a la Declaración Bioética de Gijón se pueden manifestar
dirigiéndose a la Sociedad Internacional de Bioética, e-mail: bioetica@sibi.org fax: 985 35 34 37o
teléfono 985 34 81 85 (00 34 como prefijo si procede de fuera de España)