MADRID.- La legislación española es clara respecto al uso
que se puede dar a los embriones humanos. El Código Penal, en su artículo 161, castiga
con prisión de uno a cinco años e inhabilitación especial a «quienes fecunden óvulos
humanos con cualquier fin distinto a la procreación humana», y con la misma pena a
quienes creen «seres humanos idénticos por clonación u otros procedimientos dirigidos a
la selección de raza».
Pero en España existen 25.000 embriones congelados en los diferentes centros de
reproducción asistida que son los que los científicos querrían utilizar para la
clonación de células. La propuesta británica reduce la experimentación a los llamados
preembriones, es decir, de menos de 14 días de vida. La Ley de Reproducción Asistida de
1988 autoriza la investigación en preembriones sólo para comprobar su viabilidad o
diagnósticos si éstos son viables y, si no lo son, autoriza su uso sólo si no puede
realizarse en un modelo animal y bajo estricta supervisión.
Además, en 1997, casi todos los países europeos firmaron el Convenio de Asturias de
Bioética, que estipula que cuando la experimentación con embriones in vitro esté
admitida por la ley, ésta deberá garantizar una protección adecuada del embrión.
Diario El Mundo ( España)