Concubina embarazada sin obra social
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Concubina embarazada sin obra socialMuy buenos días gente.-
Soy nuevo en el foro, aunque constantemente e ingresado a este portal por la sencilla razón que casualmente soy estudiante de Ciencias Jurídicas en la UNLP y me ha sido de mucha ayuda para despejar muchísimas dudas sobre varios trabajos y temas de estudio.- Hoy, mi duda es personal y sobre un tema que me preocupa muchísimo. Mi consulta es que estoy conviviendo con mi novia desde hace prácticamente 3 años y ha quedado embarazada pero ella no tiene obra social pues trabaja en negro y no está en ninguna prepaga.- El tema es que averiguando de los valores que sale un parto hoy en día para un particular casi me caigo de la silla y ni que hablar si llega a surgir alguna complicacion y se necesita de un servicio de neonatología.- En las pocas prepagas que he consultado me han dicho que de afiliar a mi concubina no cubrirían nada relacionado con el parto pues en su mayoria me hablan de 300 días de carencia.- Ahora bien, alguien sabe si poniéndola a mi cargo con la declaración jurada de convivencia ante un juez mi obra social se haría cargo de por lo menos algo?.- Desde ya mil gracias.- Tumino, Damián.
Estimado Damián, hace unos días me llegó por newsletter un fallo que reconocía alimentos a la persona por nacer. Considero que el mismo sería de muchísima utilidad para el caso por Ud. planteado.
Lamentablemente no encuentro el fallo de mención, aunque seguiré buscando entre miles de e-mails.
Damián:
Conforme la ley 23.660, art. 9º inc. (d) de Obras Sociales, tu concubina tiene derecho a su incorporación como beneficiaria de tu cobertura (obviamente, vas a abonar un plus en tu aporte, que es muy reducido). Tenés que acreditar el hecho de la convivencia: si es en Capital, en un CGP (centro de gestión y participación), y si es en provincia, en un juzgado de paz. Lo que no tengo bien presente es si te requieren actualmente dos testigos para acreditar una convivencia de dos años; averigualo allí.
Efectivamente, se requieren dos testigo por lo que me han comentado. Lo que me genera dudas es, si por el hecho de la comprobación de los 2 años de convivencia, mi obra social cubrirá algunos (por lo menos) de los gastos del embarazo, de los cuales los que más me preocupan son los del parto. O sea, la duda puntualmente está en saber si le darán cobertura, pues ingresaría ya embarazada. Afiliándola directamente a una prepaga ya me han dicho que no pues hablan de 300 días de carencia. Lo que quisiera saber es si la pongo a cargo mío, con la declaracíon jurada, mi obra social debiera darle cobertura.-
Muchas gracias por sus prontas respuestas.-
Hola Damian, te cuento que SI la OS se hace cargo de tu señora, presenta como te dijieron 2 testigos en el CGP de tu zona si es capital o en Juzgado de Paz, decimos de que zona sos, yo los que tramite fueron en La Matanza y San Martín, las futuras mamás ya cuentan con la asistencia por parte de la OS + prepaga, y a los futuros papás le integran el salario prenatal.
Te cuento que estuve a punto de ingresar hace un mes a una embarazada a la obra social del concubino.Hablé a la obra social e incluso le daban, además de cubrir el parto un régimen especial por nacimiento. No pude hacer el certificado de convivencia porque la chica es menor, y no encontramos al padre para que firme el consentimiento en el juzgado de paz (esto fue en San Miguel, Pcia de Bs As). pero de haber podido hacer el certificado, las obras sociales cubren todo...te digo porque hablé a varias obras sociales consultando el tema. suerte
ALEMAR
Efectivamente, no hay carencia en este caso.
De ultima, puede anotarse como monotributista y tampoco tendrá carencia. Y finalmente, no se si corresponde que le mande MP a tu concubina, pero digo, no se, si te casás . . . . no hay dudas que la obra social la cubre!! ejem ejem . . . . hay fecha?????
La verdad me da una alegría enorme el saber que no existe carencia en estos casos. Estaba sumamente preocupado por este tema. Ahora mismo me pongo en campaña para averiguar todo lo que debo hacer.
Otra cosa... soy de La Plata y tengo IOMA por mis papás que aún me da cobertura hasta el año que viene creo y además OSECAC por el trabajo, pero ésta última jamás la utilicé. El trámite lo tendría que realizar sobre ésta última no es así? Es inconveniente para realizar el trámite el nunca haber hecho uso de esa obra social? Mil gracias de antemano por su ayuda. Tumino, Damián.
El trámite tenés que hacerlo en OSECAC. Desde el momento de tu ingreso y aportes, estás legitimado para hacer uso de todos sus beneficios.
Muchas gracias a todos por su ayuda!!!
Ahora, esto lo debo hacer con un abogado? Debo contratar uno? O se tramita en forma particular? De ser necesario un abogado... Alguno es de La Plata? Muchas Gracias. Tumino Damián.
Buenísimo! Mañana mismo me pongo a hacer todo el tramiterío.
Muchas gracias a todos por su ayuda y cualquier cosita los tengo al tanto de como va todo. Un saludo. Tumino, Damián.
incluir a mi Concubina a mi obra socialhola tengo una consulta, estoy viviendo en concubinato mas de 3 años y quiero incorporar a mi pareja a mi obra social en la cual soy el titular en la cual tengo mas beneficios, ahora es mi pregunta yo puedo incluirla si ella trabaja en relación de dependencia y además esta embarazada de 3 meses, que pasos debería seguir. Desde ya muchas gracias.
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