sellado en contrato de locacion
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sellado en contrato de locacionHOLA AMIGOS, HOLA COLEGAS : PREGUNTO:
cuando realizamos un contrato de locacion en la Provincia de Buenos Aires, es obligatorio poner el SELLADO, sellar el contrato, puede ser esto asi ??????? que me dicen ???? es segun el monto o como es el tema???? desde ya mil gracias!!!!
Re: sellado en contrato de locacionque yo sepa, si no está sellado no tiene valor, osea no es un elemento fehaciente en caso de tener que ir a via judicial, pero esper´a otras respuestas.
Re: sellado en contrato de locacionsi se sellan de acuerdo a la valuacion fiscal de inmueble ,porque para cualquier tramitacion te lo piden sellado
Re: sellado en contrato de locacionel sellado es lo el 1% del valor TOTAL del contrato de locacion, no sobre la valuacion...
Re: sellado en contrato de locacion
Sí,lleva sellado porque éste le da fecha cierta al contrato. El el 1 % del total que surga de los meses que durará la locación tomando como valor el canon locativo (Ej.contrato de locación de vivienda por 2 años a $ 100 por mes de alquiler;multiplicas 24 meses (2 años)x 100=$ 2400,el sellado a pagar te da $ 24. El hombre es dueño de sus pensamientos y esclavo de sus palabras
Re: sellado en contrato de locacionEl sellado en un contrato de locación en provincia es OBLIGATORIO y lo haces en cualquier banco provincia, te sellan las tres copias.
Si es vivienda, tene en cuenta: * Poner el monto total del contrato. * Destino VIVIENDA UNICA FAMILIAR Actualmente podes hacerlo por el 0.5% del total del contrato. Saludos
Re: sellado en contrato de locacionGRACIAS A TODOS !!!!
pregunto: despues de firmado el mismo cuanto tiempo hay para llevarlo a sellar???? gracias colegas....gracias !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Re: sellado en contrato de locacionlo antes posible ya que la fecha cierta es la del sellado!!
saludos!
Re: sellado en contrato de locacionTenes 30 días corridos, sino debes pagar multa.
Re: sellado en contrato de locacionPodes arriesgarte a no sellarlo, la mayoria de la gente no lo sella.- Se arriesgan a pagar la multa para el caso en que deban presentarlo judicialmente.- Incluso llegado el jucio podes presentarlossin sellar y por ahí el juzgado no lo advierte.-
Re: sellado en contrato de locacionSe sella dentro de los quince dias de firmado y hacelo,porque si hay que hacer reclamo judicial te lo van a rebotar y la multa va a ser mucho mas alta
El hombre es dueño de sus pensamientos y esclavo de sus palabras
Re: sellado en contrato de locacionGRACIAS AMIGOS !!!!
GRACIAS COLEGAS !!! y una ultima en Capital Federal se paga algun sellado o hay que hacer algo despues de firma de los contratos de locacion ?????? desde ya un millon de GRACIAS !!!! a TODOS !!!
Re: sellado en contrato de locacion
En Capital Federal no se paga sellado,lo usual es hacer certificar las firmas por ante escribano. El hombre es dueño de sus pensamientos y esclavo de sus palabras
Re: sellado en contrato de locacionhola GRACIAS !!!
me dices certificar por escribano cuando es inmueble, contrato de locacion en capital, esto se hace en el mismo dia que se firma, o despues o se firma el contrato frente al escribano?????, esto es obligatorio ??', le daria fecha cierta igual que en provincia????? que monto tiene esto en pesos aproximadamente ??? desde ya gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Re: sellado en contrato de locacionCon respecto al sellado bancario en Pcia de Bs As:
1 - No invalida el contenido del contrato ni le quita exigibilidad a lo alli dispuesto. Si tenes algun juez que haya fumado marihuana y considere eso planteale desde cuando el incumplimiento de ley de Pcia puede anular efectos del Cod Civ 2 - El sellado bancario te da fecha al contrato, pero no tenerlo tampoco quita que puedas probar la fecha por otros medios. En particular si no tenes sellado bancario igualmente quien alega la falsedad de la firma debe probar esa falsedad y explicar el porque de la simulacion y cual es el perjuicio de esta a su parte para que le den camino a lo que pide. No es tan necesario tener sellado para tener por acreditada la fecha, tene en cuenta que si todas las partes firman se presume esa fecha porque la firma reconoce contenido de lo firmado y quien se opone a esto tiene que probarlo (articulo 375 CPCC BA) 3 - Igualmente la fecha cierta tambien la podes lograr por medio de acta notarial por ante escribano. Y contra esa no hay accion de simulacion que valga, sino solo accion de falsedad 4 - En Capital Federal no hay sellado bancario porque no hay ley que pida ese requisito. Si haces un contrato en provincia y pones en el contrato que el lugar donde se firmo (lugar de firma) es Capital Federal (no tiene nada que ver el lugar donde deba cumplirse) quedas exento de sellarlo (la ley de forma rige segun lugar donde se firma). Y si igualmente no queres que el contrato quede sujeto a la jurisdiccion de Capital Federal pone que la competencia judicial se pacta en pcia en el fuero que hayas elegido y eso no te obsta a que la ley de forma que impuso si debia sellarse o no sigue siendo la de Capital. Por lo tanto, "pagariola" al sellado. Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"
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