28 Febrero 2001.
Implicaciones caso Yahoo.
La sentencia de 20 de noviembre de 2000 del Tribunal de Gran instancia de París, en la
que se sancionaba a Yahoo por exponer y vender en su sitio web parafernalia nazi ha sido
histórica, no sólo por ser el primer caso judicial que se lleva a cabo contra uno de los
grandes negocios de Internet, sino también por el gran revuelo que ha provocado y las
distintas opiniones que han surgido al respecto.
Los demandantes, UEFJ y LICRA, solicitaron al Tribunal Francés que obligara a Yahoo a
tomar las medidas necesarias para impedir la exhibición y venta en su sitio de objetos
nazis en todo el territorio francés.
Yahoo ya cumple con la Ley francesa que prohíbe la venta y exposición de objetos nazis,
pero esta sentencia obliga al portal a impedir que los franceses accedan a una página con
sede en otro país.
El tribunal pretende que utilice un mecanismo de bloqueo de acceso para los ciudadanos
franceses. Los demandados argumentan la dificultad de llevar a cabo este control. Pero
¿es técnicamente posible limitar el acceso en virtud de la nacionalidad del visitante?
Es posible limitar el acceso identificando las variables que recibe el servidor en el
momento de una petición http por parte del navegador.
De las variables disponibles que puedan llegar a relacionarse con la "nacionalidad
del navegante" son:
El idioma del navegador.
La dirección IP desde la que se hace la petición.
Se puede programar el servidor para que no responda a peticiones realizadas por
navegadores en idioma francés y/o por IPs que han sido asignadas a ISPs y operadores
franceses. Por ejemplo, para bloquear toda España se utiliza "*.es". Esto
indica que todas las direcciones que tengan como extensión final ".es" no
acceden al sistema. Pero ¿en qué grado será eficaz?.
La eficacia sólo alcanza un 80% y además existen lagunas en este control, ya que hay
abonados a proveedores internacionales ( tipo AOL ), los cuales se les asignan un número
IP Americano, sea cual sea el lugar desde el que se conecten a la Red, lo que hace
imposible su identificación. Otro método para no ser detectado el país de procedencia
de la conexión es que ésta se produzca a través de un servidor francés, con IP
francesa, enmascarándose a través de un servidor intermedio situado fuera de las
fronteras galas.
La compañía también argumenta que para bloquear el acceso a estos sitios tendrían que
eliminar palabras en los motores de búsqueda, tales como nazi, lo que supondría
obstaculizar el trabajo legítimo de historiadores e investigadores, y prohibir
indiscriminadamente a los usuarios el ingreso a sitios que contengan este tipo de
palabras.
Los demandados, Yahoo. fr y Yahoo INC. interpusieron la declinatoria de jurisdicción para
evitar que conocieran los tribunales franceses, y considerar competentes a los tribunales
americanos, en base a que:
El domicilio del demandado está en EEUU.
El hecho se comete en EEUU.
¿Por qué se demanda en Francia?, ¿es competente el Juez francés? Los demandantes se
basan en el hecho de que desde allí, desde Francia, se accedió a los contenidos, y es
allí donde estaba localizado el servidor. Demandan a Yahoo.fr porque es una filial de
Yahoo.INC. y demandar a la matriz supondría topar con el derecho a la libertad de
expresión, recogido en la 1ª Enmienda.
En EEUU prima la libertad de expresión, y es por ello que Yahoo.INC. no advertía en sus
páginas del contenido de las mismas, a diferencia de Yahoo.fr que sí lo hacía. La duda
radica en saber si el hecho de que los usuarios en Francia, franceses o no franceses,
accedan a sitios americanos hace competente a la jurisdicción francesa.
Internet constituye una tecnología de vocación mundial, universal, sin fronteras
físicas, entonces, ¿cómo aplicaremos las fronteras legislativas a esta red de redes?.
Si esta jurisprudencia se generaliza, todos los propietarios de páginas y sitios web
tendrían que respetar, no sólo la ley francesa, sino todas aquellas leyes de cada uno de
los estados en que operen.
Cada portal va a tener que adaptarse a la legislación de cada país si no quiere tener
problemas, pero es una labor muy compleja, dado el gran número de legislaciones
existentes y a la diversidad de las mismas.
Regular de forma unitaria Internet es muy difícil, ya que supondría unificar todos los
criterios legales de todos los países en una sola legislación o marco legal. De esta
forma, un país Islámico podría demandar a todos los sitios que vendan productos
derivados del cerdo o a aquellos que defiendan los derechos de los homosexuales. De esta
forma se llegaría al desvanecimiento del principio de territorialidad de la ley. Internet
no tendría una sola legislación, sino todas.
Los principios que rigen la Ley Aplicable y la Competencia Jurisdiccional cambiarían
radicalmente. Sin embargo, hay que admitir que no se puede tolerar cualquier contenido en
nombre de la libertad de expresión, no es posible que Internet goce de un privilegio que
los otros medios externos a la Red no tienen. Es una cuestión muy controvertida porque
para cada estado o gobierno los contenidos serán distintos por lo que cada vez se irá
estrechando más el campo de actuación y expresión de Internet. Por otra parte, es
probable que las sanciones aplicadas a Yahoo nunca se concreten, porque para que sean
efectivas es necesario que sean ratificadas y avaladas por un juez estadounidense, lo cual
es poco probable que se dé.
El tema aún no está zanjado, ya que esta sentencia provocará muchos dolores de cabeza a
aquellos que pretendan basarse en ella para fundamentar sus demandas y aquellos que se
vean en la necesidad de demostrar la incongruencia y sin sentido de la misma.
Noelia García
ngarcia@delitosinformaticos.com
Especialista Derecho Nuevas Tecnologías
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